Aceptación y repudiación
La aceptación y repudiación son actos jurídicos mediante los cuales los herederos manifiestan su decisión de aceptar o rechazar la herencia que les ha sido atribuida. Estos actos tienen consecuencias legales significativas en el proceso de sucesión.
Aceptación de la Herencia
La aceptación puede ser expresa, cuando el heredero declara formalmente su voluntad de aceptar, o tácita, cuando realiza actos que presuponen su aceptación, como disponer de bienes hereditarios. Aceptar la herencia implica asumir tanto los activos como los pasivos del fallecido, es decir, el heredero responde con su patrimonio personal si las deudas superan a los activos heredados.
Repudiación de la Herencia
La repudiación, o renuncia, debe ser expresa y se realiza ante notario. Al repudiar, el heredero declina cualquier derecho sobre la herencia, y no puede ser considerado deudor de las obligaciones del fallecido. La repudiación es irrevocable, lo que significa que una vez rechazada la herencia, no se puede revertir la decisión.